Correo del recluso

Los presos pueden recibir correspondencia por correo. Todo el correo recibido se abre y se examina para detectar contrabando. Cualquier intento de enviar contrabando por correo puede resultar en acciones criminales contra el preso y el remitente. Los reclusos no pueden poseer más de 10 fotos a la vez. Se devolverán todas las fotos que contengan desnudos independientemente de su edad.
Todo el correo debe tener el nombre y apellido completos del preso y el número de I.D. del recluso.

Los reclusos pueden recibir revistas o suscripciones a periódicos y libros. Todas las publicaciones deben ser aprobadas previamente por la Administración de Prisiones antes de que se permita al recluso recibir las publicaciones. Cualquier persona que intente enviar las publicaciones sin el permiso por escrito de la Administración de Prisiones será devuelta a cuenta del remitente o el recluso. Es responsabilidad del recluso obtener la aprobación para recibir dichos materiales.

Los libros se pueden enviar por correo al recluso, pero se deben enviarse directamente desde un editor de libros o una librería (Barnes & Noble, Borders, etc.). Los reclusos solo pueden tener diez libros en su posesión en un momento dado. Los libros solo pueden ser de bolsillo. Se prohíbe el uso de fundas para libros de tapa rígida, con cierre y tapa dura. No se aceptarán materiales que contengan violencia, desnudez o instrucciones sobre cómo fabricar dispositivos destructivos.